Ya podéis solicitar las ayudas por parto múltiple del Gobierno de Aragón

Una año más el Gobierno de Aragón a publicado la convocatoria de ayudas por partos múltiples. Podéis solicitarlas hasta el día 4 de mayo.

Requisitos:

 

  • Ser padres de un mínimo de trillizos nacidos en el mismo parto, o de 3 hijos procedentes de un mismo procedimiento de adopción.
  • Se equipararán los casos con 2 hijos nacidos del mismo parto o procedentes del mismo procedimiento de adopción si uno de ellos cuenta con una minusvalía igual o superior al 33%.
  • Estar empadronados y tener residencia efectiva en cualquier municipio de Aragón con, al menos, 1 año de antelación a la solicitud.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • La ayuda se concederá hasta que los hijos nacidos de parto múltiple alcancen los 12 años. En caso de adopción múltiple hasta que el menor de ellos supere dicha edad.

Cuantías:

  • Máximo 1.200 € por cada hijo.
  • Hasta 4.570,00 € de renta per capita anual se obtiene el 100%
  • Entre 4.570,01 y 6.280,00 el 85%
  • Entre 6.280,01 y 7.425,00 el 70%
  • Entre 7.425,01 y 9.140,00 el 55%
  • Entre 9.140,01 y 10.280,00 el 40%
  • Entre 10.280,01 y 11.400,00 el 25%
  • A partir de 11.400,01 € de renta per capita no se obtiene ayuda.
  • Si el nacimiento o la adopción es de 4 hijos se incrementa un 15% sobre la cantidad total a percibir según el baremo anterior. Si es de 5 hijos, un 35% y si es de 6 ó más un 65%.

Documentación a presentar en la primera solicitud:

  • Solicitud partos múltiples
  • Fotocopia compulsada del DNI de las personas solicitantes.
  • Fotocopia compulsada del Libro de Familia.
  • En caso de adopción múltiple, copia compulsada de la sentencia de adopción firme o de guarda legal, traducida al castellano.
  • En su caso, certificado del organismo público competente que acredite grado de minusvalía.
  • Certificado de empadronamiento (especificando tiempo de residencia en Aragón).
  • Anexo II Declaración responsable, relativa a la inexistencia de prohibiciones para recibir subvenciones públicas y en su caso, exención de presentación del IRPF.
  • Ficha de terceros si es la primera vez que se solicita la subvención o si se han modificado los datos bancarios.
  • En caso de custodia compartida, documento que la acredite.
  • Si deseas utilizar nuestro servicio Yo Voy, descarga la  autorización.

Documentación a presentar en posteriores solicitudes:

  • Anexo III, manifiesto de continuidad de condiciones por las que se otorgaron ayudas en ejercicios anteriores y de que continúan empadronadas las personas en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón. Si ha habido cambio de domicilio hay que aportar Certificado de empadronamiento colectivo.
  • Deberás adjuntar los documentos que hayan sufrido variación desde la última presentación, en el supuesto de que no se autorice al órgano gestor para su comprobación.

Plazo:  4 de mayo de 2022
Lugar:

  • De forma presencial previa solicitud de cita.
  • Registro electrónico

Enlace Gobierno de Aragón

BOA

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