ORDENANZA FISCAL Nº 1: IBI
REQUISITOS:
- Titulares de familia numerosa el 1 de enero de cada año.
- La vivienda tiene que corresponder con el domicilio habitual.
BONIFICACIÓN:
valor catastral | Bonificación por familia numerosa |
de 0 a 25.360,00 € | 90% |
de 25.360,01 a 45.205,00 € | 64% |
de 45.205,01 a 63.945,00 € | 54% |
de 63.945,01 a 83.790,00 € | 44% |
de 83.790,01 a 102.535,00 € | 24% |
TRAMITACIÓN:
- La familia no tiene que realizar solicitud.
- La aplicación es automática. En función de los listados facilitados por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales, la DPH determinará el importe de bonificación aplicable.
- Las familias que no constasen en los listados del IASS, podrán solicitar la aplicación de la bonificación, acreditando el cumplimiento de los requisitos.
ORDENANZA FISCAL Nº 12: BASURAS
REQUISITOS:
- Familia Numerosa.
- Renta per cápita de los miembros de la familia numerosa no debe sobrepasar el 75% del IPREM del año de devengo de la tasa (IPREM 2021: 7.908,60 €).
- Estar al corriente del pago de las tasas de agua y basuras.
TRAMITACIÓN:
- La solicitud puede presentarse hasta el 31 de marzo.
- Se debe tramitar cada año.
DOCUMENTACIÓN:
- Solicitud.
- Titulo de Familia Numerosa.
ORDENANZA FISCAL Nº 19: AGUA
Existen dos tipos de tarifas:
- Tarifa ordinaria: aplicable a todas las familias numerosas.
- Tarifa limitada: aplicable a aquellas familias numerosas cuya renta per cápita no supere el 75% del IPREM (IPREM 2021: 7.908,60 €).
REQUISITOS:
- Familia numerosa.
- Estar al corriente de pago de las tasas de agua y basuras.
- Renta per cápita de los miembros de la familia numerosa no debe sobrepasar el 75% del IPREM en el caso de la tarifa limitada.
TRAMITACIÓN:
- La solicitud puede presentarse hasta el 31 de marzo.
DOCUMENTACIÓN:
- Solicitud
- Título de Familia Numerosa.
APLICACIÓN:
Sobre las liquidaciones del año fiscal en curso.
TARIFA:
Metros cúbicos al trimestre | Tarifa ordinaria | Tarifa limitada |
De 0 a 30 metros cúbicos | 0,38 € | 0,12 € |
El exceso de 30 hasta 7,5 (n-2) | 0,65 € | 0,15 € |
El exceso del tramo anterior hasta 150 metros cúbicos | 0,95 € | 0,80 € |
Resto del consumo | 1,81 € | 1,81 € |
n = Número de miembros que figuren empadronados en la vivienda durante el periodo de aplicación de la tarifa.
PRECIOS PÚBLICOS – PISCINAS
PISCINA DE VERANO
ABONOS INDIVIDUALES:
- Familia numerosa adulto: 51 €
- Familia numerosa infantil (7 a 17 años): 31 €
ABONO FAMILIAR: 129 €
ABONO ANUAL VERANO-INVIERNO
ABONOS INDIVIDUALES:
- Familia numerosa adulto: 145 €
- Familia numerosa infantil (7 a 17 años): 94 €
ABONO FAMILIAR: 292 €
ABONO ANUAL PISCINA CUBIERTA
ABONOS INDIVIDUALES:
- Familia numerosa adulto: 110 €
- Familia numerosa infantil (7 a 17 años): 73 €
ABONO FAMILIAR: 195 €
Los abonos se adquirirán en las taquillas de las piscinas municipales, presentando el título de familia numerosa.